Por último, el citado artículo 156 de la LGSS establece que no tendrán consideración de accidente de trabajo “Los que sean debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado”. Para personas independientes luego es responsabilidad de ellos mismos hacer el aporte al doctrina de riesgos laborales. Es diferente https://jonahw470eim8.ourcodeblog.com/profile